Mundo motero
¿Una motocicleta puede circular por el arcén? Consultamos la normativa de tráfico
Seguramente has oído hablar sobre la futura modificación de la normativa de tráfico que permitirá la circulación de las motocicletas por el arcén. Como sabemos que está todo en el aire y que puede generar confusiones, en este artículo vamos a arrojar un poco de luz sobre lo que se sabe hasta el momento y cuál es la situación actual frente al interrogante de si una motocicleta puede circular por el arcén. ¡Vamos a ello!
Si bien, lo que explicábamos en el punto anterior es la norma general a cumplir por todos los motociclistas, en abril del pasado año 2024 la DGT anunció una nueva medida que aplicará ciertas excepciones para circular por el arcén en moto y que están prevista para entrar en vigor a lo largo de este 2025. La novedad normativa autorizará a todos los motociclistas a circular por el arcén de la derecha de todo tipo de vías con retenciones circulatorias, siempre y cuando se den algunas condiciones específicas. Esta medida se incluirá en un Real Decreto que modificará el Reglamento General de Circulación, concretamente el artículo 36.3 sobre motos, arcén y otros carriles, tal y como anunció la subdirectora adjunta de Circulación de la DGT Ana Blanco en la revista oficial Tráfico y Seguridad Vial. Por su parte, el director de la DGT Pere Navarro anunció, también, que esta modificación busca dar cobertura legal a prácticas que ya se realizan de facto en algunas carreteras, pero con el objetivo adicional de mejorar la seguridad vial, así como de reducir la siniestralidad entre los motoristas.
Además, esta medida forma parte de un conjunto más amplio de cambios, que afectarán a otros aspectos del mencionado reglamento, como la prohibición del uso del carril izquierdo en condiciones adversas o la creación de carriles de emergencias para situaciones de atascos.
¿Las motos pueden circular por el arcén?
Como conductor de motocicleta, seguramente te habrás planteado en varias ocasiones la posibilidad de circular por el arcén con el fin de evitar el tráfico y avanzar con mayor rapidez y “seguridad” que haciéndolo entre dos carriles. Ahora bien, la normativa es clara al respecto, y esta indica que, como norma general, todas las motocicletas deben circular por la calzada y no por el arcén. Ya que circular por el arcén es contrario a las normas de tráfico y, por consiguiente, puede suponer una sanción económica para el motorista.Motos arcén 2025: ¿Qué dice la nueva normativa?
Si bien, lo que explicábamos en el punto anterior es la norma general a cumplir por todos los motociclistas, en abril del pasado año 2024 la DGT anunció una nueva medida que aplicará ciertas excepciones para circular por el arcén en moto y que están prevista para entrar en vigor a lo largo de este 2025. La novedad normativa autorizará a todos los motociclistas a circular por el arcén de la derecha de todo tipo de vías con retenciones circulatorias, siempre y cuando se den algunas condiciones específicas. Esta medida se incluirá en un Real Decreto que modificará el Reglamento General de Circulación, concretamente el artículo 36.3 sobre motos, arcén y otros carriles, tal y como anunció la subdirectora adjunta de Circulación de la DGT Ana Blanco en la revista oficial Tráfico y Seguridad Vial. Por su parte, el director de la DGT Pere Navarro anunció, también, que esta modificación busca dar cobertura legal a prácticas que ya se realizan de facto en algunas carreteras, pero con el objetivo adicional de mejorar la seguridad vial, así como de reducir la siniestralidad entre los motoristas.
Además, esta medida forma parte de un conjunto más amplio de cambios, que afectarán a otros aspectos del mencionado reglamento, como la prohibición del uso del carril izquierdo en condiciones adversas o la creación de carriles de emergencias para situaciones de atascos.